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Desgravación fiscal

Desgravación fiscal

12/02/2015
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Información sobre las recientes modificaciones fiscales ahora más beneficiosas para las personas solidarias:

 

PERSONAS FÍSICAS

Los primeros 150 euros donados a partir de enero de 2015 tendrán una deducción en la cuota del Impuesto de la Renta  del 50% (declaración correspondiente al ejercicio 2015) y del 75% (a partir de la declaración correspondiente al ejercicio 2016).

Además, la cuantía que supere los 150 euros tiene una deducción del 27,5% (declaración correspondiente al ejercicio 2015) y del 30% (declaración correspondiente al ejercicio 2016), adicional a la correspondiente a los primeros 150 euros.

Su fidelidad como donante goza de una desgravación adicional. Estos últimos porcentajes se incrementan hasta el 32,5% (declaración correspondiente al ejercicio 2015) y 35% (declaración correspondiente al ejercicio 2016), respectivamente, si en los dos años anteriores se hubieran realizado donativos a una misma ONG por importe igual o superior.

PERSONAS JURÍDICAS

En el Impuesto de Sociedades la deducción en la cuota será del 37,5% (declaración correspondiente al período impositivo 2015) y del 40% (a partir de la del 2016), respectivamente, si en los dos períodos impositivos anteriores se han realizado donativos con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior. En otro caso, la deducción es del 35%.

 

Para cualquier duda o o consulta, puedes ponerte en contacto con el Departamento de Socios y Donativos de la Fundación Josep Carreras por correo electrónico a amics@fcarreras.es o por teléfono al 93 414 55 66. 

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